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Emiten decreto sobre facultad del Congreso para legislar en atención a víctimas

La Secretaría de Gobernación emitió el decreto por el que se adiciona una fracción al Artículo 73 de la Constitución Política, referente a la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de atención a víctimas.

En el documento publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación y que entra en vigor mañana martes se indica que la Comisión Permanente del Congreso declaró adicionada la fracción XXIX-X al artículo sobre las facultades del Congreso.

Así, entre otras atribuciones, el Congreso puede expedir la ley general que establezca la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, en materia de derechos de las víctimas.

El pasado 29 de junio la Comisión Permanente declaró constitucional la modificación al citado artículo, por medio de la cual se faculta al Congreso a expedir las leyes secundarias en materia de atención a víctimas, luego de ser avalada por 21 congresos estatales.

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