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Cancillería debe detallar peticiones de asilo político de extranjeros, señala INAI

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) deberá informar de las solicitudes de refugio presentadas por extranjeros en México, para el periodo comprendido entre 2000 y el 10 de octubre de 2016, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

De igual forma, deberá informar de las solicitudes de asilo político presentadas por extranjeros en México, para el periodo comprendido entre 2014 y 2016.

En un comunicado, el INAI precisó que la información que entregue la cancillería deberá estar desglosada por año de presentación de la solicitud; país de origen del solicitante; motivo o causa por la que solicitó asilo, y si fue aprobada o rechazada.

Lo anterior, en respuesta a un particular que solicitó esa información y la SRE se declaró incompetente para conocer de lo requerido, por lo que le sugirió dirigiera su requerimiento ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobernación (Segob). Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI.

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada presidente, Ximena Puente de la Mora, dijo que la información requerida es de gran relevancia, dado que permite a la ciudadanía conocer el escenario real de las políticas migratorias establecidas en nuestro país.

“Es decir, en un país de tránsito, pero además de destino de las personas migrantes refugiadas y asiladas”, expuso.

Puente de la Mora precisó que, de acuerdo con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), dependiente de la Segob, las solicitudes de Refugio se incrementan cada año, sobre todo las presentadas por personas provenientes de Centroamérica.

El #INAI instruyó a @SRE_mx informar sobre solicitudes de refugio y asilo político presentadas por extranjeros Nota: https://t.co/ZWo5U3Cscx pic.twitter.com/c0Ot0Is1d5

— INAI (@INAImexico) 11 de enero de 2017

“En 2015, tres mil 137 centroamericanos solicitaron refugio, pero sólo dos mil 205 terminaron el proceso y únicamente 875 lograron quedarse en el país, es decir, sólo el punto cinco por ciento obtuvieron asilo en México”, informó.

Además, de enero a febrero de 2016, se tenían registradas 875 solicitudes, de las cuales 653 concluyeron el procedimiento, “pero únicamente se reconoció esta protección a 357 personas”, añadió la Comisionada.

En alegatos, la SRE modificó su respuesta inicial, al precisar que, a partir de 2014, adquirió facultades para otorgar el asilo político, razón por la cual no tiene conocimiento de información generada con anterioridad a esa fecha.

Dijo que a partir de ese año ha recibido tres solicitudes de asilo político, las cuales fueron rechazadas; sin embargo, en el análisis del caso, la ponencia de la comisionada hizo notar que dicha información no fue remitida al particular.

Respecto de la condición de refugio, la dependencia expuso que corresponde a la Comar de la Segob conocer y resolver sobre tal condición a los extranjeros que se encuentren en territorio nacional y que así lo soliciten.

Sobre este punto, la ponencia indicó que la cancillería interfiere en el procedimiento mediante el cual la Segob concede la situación de refugiado y lo hace informando sobre la situación en la cual se encuentra el país de origen del solicitante, por lo que tiene facultad concurrente.

Por ello, a propuesta de Ximena Puente, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la cancillería y le instruyó a que remita al particular el escrito de alegatos, que contiene los detalles de las solicitudes de asilo político que recibió a partir del año 2014.

Además, deberá realizar una búsqueda en sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir la Dirección General de Derechos Humanos y Democracia, de la información con la que cuente respecto de las solicitudes de refugio.

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