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Emiten disposiciones para transporte y almacenamiento de petrolíferos

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) expidió diversas disposiciones en materia de acceso abierto y prestación de los servicios de transporte por ductos y almacenamiento de petrolíferos y petroquímicos.

En una resolución, vigente a partir de mañana, el organismo explica que se sujetarán a estas disposiciones generales las actividades de transporte por ductos y almacenamiento de petrolíferos y petroquímicos, incluyendo al gas Licuado de Petróleo (LP).

En el Diario Oficial de la Federación, da a conocer que las disposiciones incluyen los criterios a los que deberán apegarse dichos permisionarios respecto de la obligación y condiciones para garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio, a sus instalaciones y servicios las modalidades de temporadas abiertas y la implementación de boletines electrónicos.

Asimismo, abunda, los términos a que se sujetarán las instalaciones de transporte y almacenamiento para que pueden ser consideradas de usos propios, así como las condiciones bajo las cuales los permisionarios podrán utilizar parte o la totalidad de sus sistemas para transportar o almacenar petrolíferos o petroquímicos de su propiedad.

En un anexo, las disposiciones establecen las características y los alcances de la prestación de los servicios, las condiciones de acceso abierto, temporadas abiertas, boletines electrónicos y mercado secundario.

Define como temporada abierta el procedimiento regulado por la Comisión que, para brindar equidad y transparencia en la asignación de capacidad disponible a terceros de un sistema o de un nuevo proyecto o con motivo de una renuncia permanente de capacidad reservada, debe realizar un permisionario para ponerla a disposición del público, a fin de asignar capacidad o determinar las necesidades de ampliación o expansión.

En tanto, el boletín electrónico es la plataforma informática accesible vía remota donde los permisionarios ponen a disposición del público en general su información y los usuarios pueden realizar operaciones intrínsecas a la prestación de los servicios.

El anexo de la resolución también especifica las obligaciones de permisionarios y usuarios, medición y calidad, y otros aspectos relativos a condiciones financieras y de facturación, penalizaciones y responsabilidades.

NTX

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