El comprar o adquirir cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley, será motivo de que se anulen las elecciones federales o locales.
La Secretaría de Gobernación dio a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación que se reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base VI del Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con esta modificación se agrega que adquirir, no sólo comprar, la cobertura informativa o tiempos de radio es motivo de que se establezca el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes.
NTX