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Incluyen derechos humanos y no discriminación en Ley de Servidores

La Secretaría de la Función Pública dio a conocer hoy reformas a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para incluir conceptos como derechos humanos y no discriminación.

El decreto, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación y que entrará en vigor mañana, establece que se reforma la fracción III del Artículo 7, así como las fracciones V, VI y X del artículo 47 de esa legislación.

En el artículo 7, que dice: “Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho”, se modifica el numeral tres para que establezca las violaciones a los derechos humanos.

En tanto que el artículo 47 indica las obligaciones de los servidores públicos para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, y cuyo incumplimiento dará lugar a sanciones.

En este, el numeral V reformado establece “Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, igualdad y sin discriminación a las personas con las que tenga relación con motivo de éste”.

El nuevo numeral VI indica “Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos un trato digno, de respeto y no discriminación y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad”.

Mientras que el numeral X, referente que el servidor debe abstenerse de no otorgar licencias de maternidad o paternidad de conformidad con las disposiciones aplicables.

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