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Emiten reglas para operación de Línea 6 del Metrobús

 La Secretaría de Movilidad dio a conocer que se aprobó la implantación del Corredor de transporte público colectivo de pasajeros “Metrobús Eje 5 Norte” que operará como Línea 6 y quedaron establecidas las condiciones generales para su operación.

En la Gaceta Oficial del gobierno capitalino se informa que tendrá origen en la intersección de Avenida Francisco Morazán y Avenida Carlos Hank González (Av. Central); y destino en el Centro de Transferencia Modal “El Rosario” (CETRAM El Rosario), con recorrido por las vialidades que conforman el “Trazo del Corredor”.

En consecuencia, se reservan sobre las arterias que integran esta vialidad, para uso exclusivo de este servicio de transporte, dos carriles o los que se requieran, para realizar maniobras de cierre de circuito, incorporación y desincorporación de autobuses al servicio y para la operación del nuevo corredor.

Para tal efecto se construirá la infraestructura necesaria, garantizándose en todos los casos, el acceso a las personas con discapacidad.

El aviso publicado este miércoles indica que los carriles reservados serán total o parcialmente confinados para uso exclusivo del Metrobús, salvo aquellos tramos en que por necesidad de la operación vial se autorice el tránsito controlado con preferencia para dicho medio de transporte publico de pasajeros, bajo las especificaciones que establezca para el efecto la Secretaría de Movilidad, con base en estudios técnicos.

De la misma manera se modificará la geometría de las vialidades conforme a los requerimientos de espacio y operación del nuevo Corredor; se dotará de la infraestructura y equipamiento necesarios, así como, del mantenimiento que garantice permanentemente sus condiciones de funcionalidad.

Cualquier obra mayor o de mantenimiento que se lleve a cabo posteriormente al inicio de actividades del nuevo Corredor, deberá garantizar la continuidad de su operación.

Consecuentemente, y con el objeto de lograr los mayores beneficios en la operación de este Corredor y mejorar las condiciones de vialidad, se aplicarán una serie de restricciones, tales como:

La prohibición a partir del inicio de actividades de la nueva Línea 6, del tránsito sobre los carriles reservados, salvo en los tramos en que se autorice la vialidad controlada con preferencia para los autobuses de Metrobús.

Además los movimientos de vuelta hacia la izquierda o derecha y cambios de carril que crucen los carriles reservados para el servicio de Metrobús y estará restringido el estacionamiento de vehículos en vía pública sobre las vialidades en que operará el Corredor.

Se suprimirá y retirará el equipamiento auxiliar, servicios y elementos inherentes o incorporados a la vialidad, no necesarios para la operación del Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros del Distrito Federal, Metrobús.

El comercio ambulante o cualquier forma de obstrucción de las esquinas, aceras en general y accesos a las estaciones y terminales del nuevo corredor, de acuerdo a lo especificado por las secretarías de Protección Civil y Desarrollo Urbano y Vivienda.

Se modificarán los servicios de transporte público de pasajeros y equipamiento auxiliar que operan sobre las vialidades que integran el trazo del corredor con base en las necesidades públicas de movilidad, a efecto de garantizar su atención, así como la eficiencia y seguridad en la operación del nuevo corredor y del tránsito vehicular.

La Secretaría de Movilidad otorgará las concesiones y/o autorizaciones que se requieran para la prestación del servicio de transporte público colectivo de pasajeros en este nuevo corredor, conforme a las disposiciones jurídicas, administrativas y técnicas aplicables.

NTX

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