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Respalda Secretaría del Trabajo publicación de Ley de Ayuda Alimentaria

El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Alfonso Navarrete Prida, manifestó su beneplácito por la publicación del Reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En un comunicado, el funcionario puntualizó que la Ley de Ayuda Alimentaria y su Reglamento tienen el propósito de mejorar el estado nutricional de los trabajadores, prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional.

Agregó que este ordenamiento establece que los patrones podrán optar, de manera voluntaria o concertada, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria en alguna de las modalidades prevista o mediante combinaciones de éstas, pero no en efectivo.

Estas formas, indicó, incluyen comidas proporcionadas a los trabajadores en comedores, restaurantes o establecimientos de consumo de alimentos; despensas, ya sea mediante canastillas de alimentos o por medio de vales de despensa.

Entre los principales beneficios para los trabajadores destaca la disminución en el gasto de alimentación de sus familias, lo que les permite destinar esos recursos a otros bienes de primera necesidad, subrayó Navarrete Prida.

Asimismo, mejoría de su salud y prevención de enfermedades al modificar sus condiciones nutricionales, a lo que se suma que los gastos del patrón por este concepto no son considerados como parte de la base de las aportaciones de seguridad social.

El titular de la STPS refirió que en lo que toca a los empleadores, los gastos derivados de la ayuda alimentaria son deducibles de impuestos, además de que contar con una fuerza laboral con una mejor alimentación reduce el riesgo de accidentes, los índices de ausentismo y contribuye al incremento en la productividad, la motivación y satisfacción de los trabajadores.

Recordó que los patrones que establezcan esquemas de ayuda alimentaria deberán contar, según corresponda la modalidad, con los contratos celebrados por escrito con los proveedores, así como con el soporte físico o electrónico de los trabajadores que recibieron la ayuda alimentaria.

Lo anterior, considerando el monto cuantificable en dinero, la fecha o periodo de aplicación de la ayuda recibida y el acuse de recibo del trabajador.

Los patrones que otorguen esta ayuda a través de comedores deberán cumplir con las características de una dieta correcta, es decir, aquella que es completa, equilibrada, saludable, suficiente, variada y adecuada.

NTX

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