camaradediputados12
in

Urgen al Senado aprobar nueva ley contra desaparición forzada

La Comisión de Derechos Humanos del Senado coincidió con asociaciones civiles en que la ley de desaparición forzada deberá contener herramientas que permitan aplicarla a nivel nacional y, por ende, sea obligatoria para los Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno.

Durante la Audiencia Pública con organizaciones de la sociedad civil y especialistas, la presidenta de la comisión, Angélica de la Peña Gómez resaltó la importancia de que México cumpla con su responsabilidad de garantizar la justicia plena frente a dicho delito.

La desaparición forzada no se había visibilizado en toda su magnitud y trascendencia, sólo se concebía como “una característica del sexenio pasado”, señaló la legisladora perredista.

Sin embargo, ahora se admite como un problema que se registra en todo el país, por lo que la legislación debe tener una perspectiva nacional “a la que se deberán apegar irrestrictamente los Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno”.

Por tanto, la nueva ley habrá de unificar las herramientas jurídicas y penales a nivel nacional, que incluyan protocolos para autoridades policiacas y de investigación, y habrá que diferenciar la cometida por agentes del Estado de la realizada por la delincuencia organizada.

Abundó que actualmente existen tres propuestas de ley en la materia, de los senadores Omar Fayad Meneses, del PRI; Roberto Gil Zuarth, del PAN, y la propia -Angélica de la Peña-, además de que se prevé que el Ejecutivo federal presente la suya.

Santiago Corcuera Cabezut y Carlos Ríos Espinosa coincidieron en que deben establecerse dos tipos penales: desaparición forzada cometida por la delincuencia y la perpetrada por agentes de gobierno y “particulares que actúen en coordinación” con autoridades.

Corcuera Cabezut, integrante del Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y Ríos Espinosa, consultor de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se pronunciaron por establecer incentivos procesales.

Asimismo, por conceder atenuantes a personas que proporcionen información sobre el paradero de víctimas, e incluso a favor de sentenciados, para atender el clamor de familiares de buscar a los desaparecidos con vida, y erradicar la práctica de búsqueda sólo de los delincuentes.

Otro tema fundamental, agregaron en exposiciones por separado, es reconocer la personalidad jurídica de la víctima y declararla como “ausente por desaparición”, a fin de eliminar a sus familias la carga de adeudos o la imposibilidad de acceder a bienes.

Ríos Espinosa expuso la necesidad de que el Senado revise otras leyes, como la General de Víctimas, de Seguridad Pública, de la Policía Federal, y la de Extinción de Dominio y Migración, a fin de que estas vayan en concordancia con la nueva norma y sea eficaz la atención a las víctimas.

También se pronunció por modificar la Ley General de Salud, para derogar la autorización de cremar los cuerpos de personas no identificadas, pues esto transgrede el derecho de las familias de contar con el máximo de posibilidades de localizar a su familiar desaparecido.

Sobre el tema, Juan Carlos Gutiérrez Contreras, de la asociación Idheas. Litigio Estratégico en Derechos Humanos, llamó al Senado de la República a evitar que al elaborar la nueva norma se confunda la desaparición forzada con el secuestro.

La desaparición forzada por agentes del Estado, subrayó, “se comete con dolo, tiene una intención especial”, por lo que la ley debe investigar la cadena de mando y sancionar la responsabilidad del superior jerárquico que dé la orden de “levantar” a una persona.

Además, solicitó establecer con claridad la responsabilidad de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), la cual -dijo- se ha negado a trabajar en coordinación con las estatales, bajo el argumento de que sólo atiende casos cometidos por funcionarios federales.

Naidin Reyes Maldonado, del Comité Hasta Encontrarlos, y Samuel Kenny, de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, en sus respectivas exposiciones reprocharon que la desaparición de migrantes sea clasificada por autoridades como secuestro.

Esto pese al hallazgo de decenas de fosas clandestinas en diversas entidades en las que se encontraron cuerpos de decenas de migrantes, con indicios de la participación del crimen organizado y autoridades, comentaron.

Isabel Claudia Martínez Álvarez, del Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde), hizo hincapié en tipificar la tortura y las detenciones arbitrarias junto con la nulidad de prueba, pues sólo de esta forma será posible combatir eficazmente la desaparición forzada de personas que son inculpadas por un delito que no cometieron.

A su vez, José Antonio Guevara Bermúdez de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, consideró importante que la ley establezca mecanismos para reducir la discrecionalidad de las instituciones investigadoras, y que este delito sea imprescriptible por ser violaciones graves a los derechos humanos.

Por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Daniela Aguirre Luna, resaltó que la ley debe contener los más altos estándares en materia de desaparición forzada y entre sus prioridades debe estar la localización con vida de la persona desaparecida o, en su caso, la recuperación e identificación de cuerpos y su entrega a los familiares.

Además, dar un plazo sobre las primeras diligencias, la solicitud de videograbaciones, y pedir a las empresas de telecomunicaciones los datos del teléfono de la víctima, que contengan todo lo relacionado a su paradero; y en la ley no se debe especificar un plazo para iniciar la averiguación, ésta debe ser inmediata al hecho.

NTX

What do you think?

107 Points
Upvote Downvote

Written by Editor

Comments

Deja un comentario

Loading…

0

Turismo genera derrama superior a los 900 mdp en Tamaulipas

Educación debe ser prioridad para mejorar niveles de crecimiento