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Sedesol reglamenta programas PROSPERA y para adultos mayores

Este miércoles, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) difundió las reglas de operación de los programas PROSPERA, Pensión para Adultos Mayores y de Coinversión Social para el ejercicio fiscal 2016 y que entrarán en vigor el 1 de enero próximo.

En el primero de tres acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación, menciona que PROSPERA Programa de Inclusión Social, reforzará la atención y las acciones de coordinación para contribuir al desarrollo de capacidades, el acceso a los derechos sociales y el bienestar de la población en pobreza a través de cuatro componentes.

Entregará apoyos monetarios a las familias para mejorar su alimentación; promoverá la salud para la prevención de enfermedades; dará mayor cobertura educativa y promoverá el acceso de las familias beneficiaras a diversos programas a través de la coordinación institucional.

Se incorporará a PROSPERA Programa de Inclusión Social, a los hogares con un ingreso per cápita estimado menor a la línea de bienestar mínimo ajustada (LBMa), cuyas condiciones socioeconómicas y de ingreso impiden desarrollar las capacidades de sus integrantes en materia de alimentación, salud y educación.

Las familias elegibles para ingresar o reingresar al Programa son aquellas cuyo ingreso mensual per cápita estimado es menor a la Línea de Bienestar Mínimo ajustada (LBMa).

Una vez identificadas las familias elegibles, el Programa dará prioridad para su atención, a hogares con integrantes menores a 22 años y a hogares con mujeres en edad reproductiva.

El segundo acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para Adultos Mayores, para el ejercicio fiscal 2016, tendrá como objetivo asegurar un ingreso mínimo y apoyos de protección social a este sector de la población de 65 años de edad en adelante que no reciben ingreso mensual superior a mil 092 pesos por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo

Los beneficiarios tienen derecho a recibir por parte de la Sedesol la información necesaria, de manera clara y oportuna, para participar en el Programa, así como un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminación alguna.

El beneficio será retirado cuando la persona adulta mayor no cobre el apoyo en tres ocasiones consecutivas y aquellos que no acudan a comprobar su supervivencia o a actualizar sus datos.

La Sedesol establecerá los mecanismos de coordinación necesarios con otras instituciones federales, gobiernos de las entidades federativas y municipios, para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o actividades del gobierno federal o de las entidades federativas.

Mientras que las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2016 permitirán fortalecer la participación social mediante dos diferentes tipos de Actores Sociales: organizaciones de la sociedad civil, e instituciones de educación superior y centros de investigación.

Su participación será a través de proyectos que contribuyan al logro de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, vulnerabilidad, marginación o discriminación y fomenten el desarrollo comunitario y el capital social.

Asimismo, aquellos que estén dirigidos al mejoramiento de las capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión de los Actores Sociales, así como el equipamiento y mejoramiento de infraestructura.

En materia de investigación, serán los proyectos que generen, propicien y difundan conocimiento, metodologías, instrumentos, diagnósticos, evaluaciones, propuestas y recomendaciones, entre otros en materia de desarrollo social.

Los proyectos que presentes los Actores Sociales serán evaluados y se darán a conocer los que serán apoyados y los que no podrán recibir recursos, los cuales se entregarán en dos ministraciones.

NTX

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