La Secretaría de Salud publicó los nuevos lineamientos de Afiliación y Operación del Sistema de Protección Social en Salud, así como los criterios y metodología a que se sujetará la aportación solidaria estatal que deben realizar las entidades para el financiamiento de la red.
En el primero de dos acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación, establece que los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los criterios a que se sujetará la afiliación, reafiliación, incidencias e integración del Padrón Nacional de Beneficiarios, así como la aplicación de la cuota familiar del sistema.
Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud establecerán los módulos necesarios para llevar a cabo la promoción, afiliación y reafiliación de las personas y familias susceptibles de incorporarse al Sistema y realizarán actividades de promoción y difusión de las ventajas del Sistema para propiciar la afiliación o reafiliación de la población.
De acuerdo con el documento se los Regímenes Estatales podrán realizar la afiliación colectiva de familias que pertenezcan a una colectividad afiliada al Sistema. La vigencia de derechos para los núcleos familiares ubicados en el régimen no contributivo del Sistema, será de 36 meses.
El monto de las cuotas familiares se determinará según su condición socioeconómica, las cuales serán actualizadas por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud anualmente y tendrán, en su caso, un incremento máximo anualizado.
También deberán integrar y administrar el padrón de beneficiarios y adoptarán medidas para que los operadores de los módulos integren la información de las personas y familias apegándose a la documentación fuente proporcionada por éstas.
Mientras que en el segundo acuerdo, las aportaciones estatales al sistema no podrán ser inferiores al 30 por ciento del total de la aportación solidaria estatal por persona que les corresponda realizar en el ejercicio fiscal correspondiente y deberán estar previstas de manera específica en el presupuesto de egresos local para el ejercicio fiscal vigente.
El monto total que deberán aportar las entidades federativas será el resultado de multiplicar el equivalente a la mitad de la cuota social vigente por persona por el número de personas afiliadas en la entidad, cuyo cálculo será proporcional al periodo de vigencia de derechos de dichas personas afiliadas al Sistema.
Concluido el ejercicio fiscal de que se trate, las entidades federativas deberán informar a la Comisión los montos efectivamente erogados para la integración de la aportación solidaria estatal, de acuerdo con la Cuenta Pública local y/o documentos oficiales que los respalden.
NTX