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Promueve el Presidente Peña Nieto una controversia constitucional en contra del Juez 32º de lo Civil del D.F.

El Vocero del Gobierno de la República, Eduardo Sánchez Hernández, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes anunciaron en conferencia de prensa que el Presidente Enrique Peña Nieto determinó promover una controversia constitucional, solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en contra de actos del Juez 32º de lo Civil del Distrito Federal.

A continuación, el texto íntegro del mensaje ofrecido a los medios de comunicación:

El Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitó el día de ayer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, que presente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en contra de actos del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, en virtud de que este juez ha invadido las facultades constitucionales de dicho Instituto para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga, de los contenidos de la televisión abierta, conocido esto también, como Must Carry y Must offer.

Una vez que se valoró el caso, el Presidente de la República determinó promover la controversia constitucional solicitada en virtud de lo siguiente:

El llamado Must Carry y Must Offer gratuito es un elemento esencial de la reciente reforma constitucional en materia de telecomunicaciones recientemente aprobada, y esto es porque genera competencia en el sector de la televisión de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de televisión abierta por medio de la televisión de paga sin costo adicional. Es también una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna.

La Constitución señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, es decir, sobre el Must Carry y Must Offer gratuito y no un juez local, en este caso, del Distrito Federal. Por tanto, el hecho de que el juez local notifique que carece de competencia el Instituto Federal de Telecomunicaciones en dicha materia argumentando la posible violación de derechos de autor, invade a todas luces las facultades que a la Federación le otorga la Constitución.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido en varios precedentes, que el Presidente de la República puede promover controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación aún y cuando éstas estén conferidas a otro Poder Federal. Los casos se han referido a controversias del Presidente de la República en defensa de las facultades del Poder Legislativo. Bajo esta premisa es que con el mismo argumento puede el Presidente de la República promover controversia para defender el respeto a las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación también ha señalado que en casos excepcionales, como éste, procede la controversia constitucional en contra de actos judiciales, si es el caso de que se invadan competencias que corresponden a la Federación.

El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal promoverá hoy mismo dicha controversia constitucional y se le ha instruido para que señale como tercero interesado, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, y que se mantenga una estrecha coordinación con ese órgano para la defensa de sus facultades establecidas en la reforma constitucional de Telecomunicaciones, que recientemente fue aprobada.

Fuente: Presidencia

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