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Analizará INE el miércoles eventual creación de la oficialía electoral

 El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) analizará y decidirá, en su sesión del 19 de noviembre, la eventual creación de la oficialía electoral.

Dicho órgano daría fe o constataría la realización de actos y hechos exclusivamente electorales que pudieran influir o afectar la organización o equidad de los comicios de 2015.

De acuerdo con el Proyecto de Reglamento, el carácter de la Oficialía Electoral sería de orden público, debido que su ejercicio fue ideado para tutelar el interés de la colectividad en la celebración de elecciones bajo condiciones de equidad entre los contendientes.

Esa función, que recaería en el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), tendría por objeto recabar elementos probatorios de actos o hechos nocivos para el proceso electoral, que podrían ser utilizados en un procedimiento investigador instaurado por las instancias competentes.

“La función de la oficialía electoral se ejercerá con independencia y sin menoscabo de las atribuciones de los órganos centrales o delegacionales del instituto, para constatar y documentar actos o hechos dentro de su ámbito de actuación y como parte de su deber de vigilar el proceso electoral”, resalta el documento de 17 cuartillas.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) determinó que es atribución del secretario ejecutivo ejercer y atender oportunamente la función de oficialía electoral, por sí o por conducto de los vocales secretarios de las juntas ejecutivas locales y distritales, entre otros.

Sin embargo, esta función “no limita la colaboración de los notarios públicos para el auxilio de la autoridad electoral durante el desarrollo de la jornada electoral en los procesos locales o federales”.

Además podrá ejercerse en cualquier tiempo a petición de la parte interesada, o bien, de manera oficiosa por el instituto.

Esto último “cuando el servidor público del INE que la ejerza se percate de actos o hechos evidentes, que puedan resultar en afectaciones a la organización del proceso electoral o a la equidad de la contienda”.

Sólo podrían someterse a la fe pública de la oficialía electoral los actos o hechos relacionados con un proceso electoral local cuando el INE asuma las actividades para su realización.

También cuando “el proceso local concurra con el federal y de los hechos no sea posible deducir claramente, en un primer momento, si la posible afectación incide en un proceso local o en uno federal”.

Conforme al texto, los partidos políticos y los candidatos independientes a través de sus representantes legítimos podrían solicitar a la autoridad electoral su petición para que se dé fe pública en unos comicios.

La petición tendría que presentarse por escrito en la oficialía de partes de la Secretaría Ejecutiva o de la respectiva junta local o distrital, o bien por comparecencia o de manera verbal, supuesto en el cual la petición deberá ratificarse por escrito dentro de las 24 horas siguientes.

“Y siempre que sea posible, deberá presentarse con al menos 72 horas de anticipación a los actos o hechos que se pretende sean constatados, salvo que se trate de actos o hechos urgentes por repentinos o imprevistos, cuya materia sea necesario preservar”, detalla.

La sesión extraordinaria del INE está programada para las 11:00 horas del miércoles 19 de noviembre.

NTX

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