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Establecen normas para aplicar contingencias ambientales en 2016

La Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal dio a conocer el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas (PCAA) en la Ciudad de México, el cual sustituye al publicado en marzo de 2015.

En dicho plan se determinan las Fases de Contingencia Ambiental, las bases de la declaración respectiva, así como las medidas aplicables para prevenir y controlar las emisiones contaminantes generadas por fuentes fijas y móviles, sus efectos en la salud de la población o en los ecosistemas.

De acuerdo con la aplicación del programa, el primer día de activación del PCAA en cualquiera de sus fases, comprende las primeras 24 horas a partir del momento en que se declaró la Fase correspondiente; el segundo día comprende las 24 horas subsecuentes, y así sucesivamente.

En los meses que tengan un quinto sábado y que presenten condiciones ambientales atmosféricas desfavorables, se limitará la circulación a los vehículos con holograma de verificación tipo “1” (placas pares y/o impares), precisa el aviso publicado en la Gaceta Oficial.

En caso de presentarse una Precontingencia o Contingencia Ambiental las autoridades ambientales harán del conocimiento a los directivos o responsables de escuelas públicas y privadas para que limiten las actividades cívicas o deportivas que expongan o afecten la salud de su población escolar y su personal.

Cuando se declare concluida la Fase correspondiente que motivó la activación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas (PCAA), las autoridades responsables de la aplicación y vigilancia de las medidas aplicadas en la Ciudad de México, enviarán su informe de actividades realizadas a la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema).

Ello, en un plazo de 24 horas hábiles posteriores a la Declaratoria de Suspensión del PCAA. A su vez, la Sedema enviará el Informe Final de Actividades a la Coordinación Ejecutiva de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe).

A su vez, esta última instancia informará a la ciudadanía los resultados de las medidas implementadas, esto en un plazo no mayor a 72 horas hábiles posteriores a la Declaratoria de Suspensión del PCAA.

Cuando la Fase de Precontingencia Ambiental Atmosférica por Ozono se declare en un día hábil, se recomienda evitar las actividades al aire libre: cívicas, deportivas, de recreo u otras en las escuelas, que expongan innecesariamente a la contaminación a los niños y jóvenes en edad escolar, principalmente entre las 13:00 y las 19:00 horas.

En cuanto a la circulación de los vehículos en etapa de Precontingencia por ozono, en el primer y segundo día de su aplicación no habrá restricción adicional, a menos que la CAMe decida implementar otras acciones para el control de las actividades que generen contaminantes.

NTX

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